El
impacto del razonamiento económico en la absolución de problemas jurídicos
El siguiente ensayo está basado en la conferencia disertada por Alfredo Bullard en la Universidad Francisco Marroquín (Guatemala) el 28 de enero de 2009 sobre la importancia del análisis económico del derecho (AED). En su exposición hace mención a la responsabilidad civil contractual, la propiedad así como de diversos temas con relevancia jurídica. Al respecto podemos destacar lo siguiente:
I. ANTECEDENTES
El
vínculo existente entre Derecho y Economía no es reciente. Desde Adam Smith y
sus preconceptos como la repartición equitativa de recursos, así como los temas
de ética y moral podemos apreciar el nacimiento de tal vinculación.
La
economía era pues, en aquel entonces entendida como Derecho, ambas disciplinas presentaban
semejanzas en el desarrollo de su ejercicio como lo fue la argumentación.
La
mitad del siglo XIX terminó con la separación de ambas ciencias. La corriente
Positivista afecto de forma diferente al Derecho y Economía, en la primera de
ellas se dio origen al aislacionismo del Derecho, en la segunda generó
interdisciplinaridad haciendo uso de ciencias auxiliares y poco a poco la introducción
de la matemática en la Economía.
La
introducción de nuevos problemas jurídicos como el Derecho a la competencia y
conceptos económicos dio origen a una fuerte rivalidad entre los profesionales
de Derecho y Economía. Desplazo a los abogados abriendo lugar a economistas.
Por
medio del Primer movimiento de Economía y Derecho, los abogados aprendieron los
conceptos, mejoraron su interpretación y solucionaron los casos económicos y su
efecto en el Mundo Jurídico, sin embargo, el germen económico estaba ya
implantado en estudiantes de Derecho.
En
las primeras décadas del siglo XX surge el Realismo jurídico. Fenómeno que
contribuyó con el Segundo movimiento de Derecho y Economía, el cual cambio la
manera de concebir el Derecho pues incorpora lo jurídico en la noción de la Economía,
temas como la familia, el matrimonio, el comportamiento del Estado, otros. Sus principales
exponentes fueron: Ronald Coase, Milton Friedman, Gary Becker.
II. ANÁLISIS CRÍTICO
II. ANÁLISIS CRÍTICO
En mi opinión es importante considerar los motivos y situaciones que dieron
origen a la vinculación del Derecho con la Economía, no solo para justificar
los fenómenos en base a concepto económicos sino también para aplicar dicha
interdisciplinaridad con otras ciencias que sin lugar a dudas podrían ser de
gran utilidad. Desde un comienzo el Derecho fue concebido como único medio de
estudiar Derecho (Teoría Pura del Derecho), sin embargo, con el pasar del
tiempo dicha concepción ha cambiado y es aplicable en las distintas materias de
estudio en distintas universidades del país.
Así como el
Derecho es entendido por letras o argumentación la propuesta del Derecho y Economía
abre un nuevo método que quizá con la mayoría de doctrinarios no simpatice, la
introducción de conceptos económicos, fin de dicho movimiento. Los economistas
más destacables como Ronald Coase, Guido Calabresi han demostrado mediante sus
diversas tesis, cómo distintas instituciones jurídicas formales y no formales
impactan en el comportamiento de las personas y es pues este último, objeto de
estudio del Derecho, es decir, no puede ser considerado ajeno a nosotros.
El Derecho y
Economía, es pues, entendido como una herramienta, un método más para
aproximarse al Derecho y comprender así en toda su globalidad a los distintos
fenómenos que de ella provengan. Diversos autores podrán discrepar con dicha
posición sin embargo es decisión personal utilizar las propuestas de las
diversas escuelas del movimiento. Tal y como es el caso de la Escuela de
Chicago que plantea que el mercado lo puede todo u otras escuelas antimercados.
III. CONCLUSIONES
El Derecho y
Economía es una herramienta neutral aplicable al Derecho no solo por brindar
una explicación a los distintos fenómenos de la actualidad sino también por los
efectos que ellos surten en el Mundo Jurídico.
La actual posición nacional está comprendida por el Análisis económico del Derecho. Para bien o para mal este preconcepto deviene de una posición prejuiciosa pues implica un promotor liberal, económico y social. Esta idea equivoca debe ser comprendida como una herramienta neutral aplicable de acuerdo al caso en cuestión, es decir, dependerá de cual es mejor aplicable.
La economía
sí impacta en el pensamiento jurídico, pues con el avance del tiempo se van
formando nuevos fenómenos que tienen su razón de ser en la sociedad mediante
las instituciones jurídicas. Lo cual conllevará a que se las considere para la
regulación de normas afectando al Derecho obviamente.
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